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En abril de 1981 se dictó el Decreto con Fuerza de Ley N°3, el cual, creó el sistema privado de salud y consigo, dio origen a las instituciones de Salud Previsional o ISAPRES, y desde el año 2005 las ISAPRES son supervisadas por la Superintendencia de Salud. Estas ISAPRES, prestan servicios de financiamiento de salud en torno a un 20% de los chilenos, permitiendo al país la expansión de la actividad médica privada y el auge de la inversión en clínicas, centros médicos y laboratorios. Las instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), corresponden a entidades privadas, encargadas de financiar las atenciones de salud, así como las actividades afines o complementarias a estas, además de considerar a las personas afiliadas y sus cargas que cotizan el valor del plan pactado.

Existen dos tipos de ISAPRES

– ISAPRES ABIERTAS: prestan servicios a cualquier trabajador/a o persona que desee afiliarse a ISAPRE de manera voluntaria, incluyendo a sus familias. La afiliación y planes de salud son de oferta pública. – ISAPRES CERRADAS: Prestan servicios a una empresa particular o a un grupo de empresas, por lo que solo los trabajadores y sus familiares pueden afiliarse a estas instituciones.

Funcionamiento de las ISAPRES

Las ISAPRES tiene facultades para recibir y administras las cotizaciones obligatorias, correspondiente a un 7% de la remuneración imponible de las personas o trabajadores que optan y están afiliados al sistema de salud privado, en lugar del sistema estatal de salud, FONASA. La cantidad periódica que se paga por pertenecer a ISAPRE se determina en función del sexo, edad y el riesgo del cotizante. Además, los cotizantes de este sistema de salud, pueden adherir a beneficiarios, tales como hijos hasta los 18 años de edad y/o cargas médicas, así como cualquier beneficiario que el/la trabajador/a o personas deseen agregar. A cargo de estas las ISAPRES, financian las prestaciones de salud y el pago de las licencias médicas.

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Beneficios de las ISAPRES

Si bien las ISAPRES otorgan cobertura de salud, existen otros beneficios tales como:

  1. Devolución de Excedentes Corresponden a una diferencia a favor del afiliado cuando la cotización legal obligatoria supera el precio del plan de salud contratado. Este saldo a favor puede ser utilizado comprando medicamentos en farmacias, consultas médicas, exámenes, intervenciones, entre otras.
  2. Beneficios Dentales Al pertenecer a ISAPRE se obtienen beneficios dentales en las entidades que la Isapre elegida tenga convenio.
  3. Descuentos en Farmacias Dependiendo de la Isapre escogida brindan un 10% o hasta un 20% de descuento en las farmacias en convenio.
  4. Exámenes de Laboratorio Bonificaciones desde un 40% hasta un 100% en Centros médicos y Clínicas Preferentes.

ISAPRES EN CHILE

Actualmente las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE) están conformados por doce aseguradoras dentro de las abiertas y cerradas, las cuales ofrecen una amplia cantidad de planes, con la finalidad de que el afiliado tenga opciones para elegir la ISAPRE que más se adapte a sus necesidades.
A continuación, presentamos un listado de las ISAPRES que existen actualmente en Chile.

  1. Abiertas:
    • Isapre Banmédica.
    • Isapre Consalud.
    • Isapre Colmena.
    • Isapre CruzBlanca.
    • Isapre Nueva Masvida.
    • Isapre Vida Tres.
  2. Cerradas:
    • Isapre Chuquicamata.
    • Isapre Fundación BancoEstado.
    • Isapre Fusat.
    • Isapre RíoBlanco.
    • Isapre San Lorenzo.
    • Isapre Cruz del Norte.

Preexistencias en ISAPRE

Se le denomina preexistencia a cualquier patología, enfermedad o condición de salud crónica o a largo plazo que haya sido conocida por el afiliado y diagnosticada medicamente con anterioridad a la suscripción del contrato o a la incorporación del o la beneficiario/a, en su caso, tales como diabetes, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), apnea del sueño, cáncer, entre otras.

Antes del año 2010 y de la aprobación de la ley de cuidado de salud a bajo precio (ACA), las compañías de seguro evaluaban la solicitud de inscripción a ISAPRES y si determinaban que tenías una condición preexistente, podían negarte la cobertura u ofrecerte coberturas con tarifas mas altas. Sin embargo, la ACA estableció que dicha gestión es de carácter ilegal, por lo que no corresponde que las compañías de seguro negaran cobertura medica o elevaran las tarifas por una condición preexistente. Cabe destacar, que si bien, no niegan la inscripción a enfermedades preexistentes, aun se evalúan las situaciones y generan restricción a la hora de optar por un servicio de salud. Por ejemplo, La ISAPRE acepta la inscripción o afiliación de una persona con problemas de visión, la cual será cubierta respecto a servicios básicos, tales como, atenciones médicas de oftalmología, cobertura en lentes ópticos, pero no una operación quirúrgica por dicha patología. A esto es lo que se le llama “restricción”, en la cual, por un tiempo determinado, suele ser de 18 meses, la persona no tendrá la cobertura que indica su plan en su totalidad en intervenciones más complejas, en base a esa patología. Esto lo realizan con la finalidad de respaldarse y desentenderse de gastos si la persona se inscribe mediante este sistema de ISAPRE sólo para cubrir su enfermedad. Una vez completado dicho período de restricción, la ISAPRE se hace cargo de la cobertura (dependerá del plan adquirido por el cotizante) de cualquier intervención o atención que el afiliado requiera de ahí en adelante.

Tras lo antes mencionado, es importante considerar que cada afiliado debe completar previamente a su inscripción una DECLARACIÓN PERSONAL DE SALUD (DPS), la cuál forma parte del contrato de salud, donde debe indicar cualquier enfermedad o patología que éste haya sido diagnosticado médicamente, incluyendo a sus cargas, previo a la firma del contrato. Se debe completar toda la información veraz y sin omisiones, ya que, si se incurre en ello y posterior a su afiliación presenta una complicación o evento de una enfermedad no detallada en la DPS, la ISAPRE está en el derecho de no cubrir dichas atenciones. Además, no puede exigirse Declaración de Salud en caso de un recién nacido inscrito antes de cumplir un mes de vida.

Actualmente, existe un proyecto de ley que pretende eliminar las preexistencias a futuro, lo cual beneficiaría a gran parte de la población que hoy en día se siente discriminada.

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