¿Qué es el Comité Paritario?
El comité paritario de higiene y seguridad es un grupo conformado por representantes de la empresa y de los trabajadores, tienen composición paritaria, de ahí su nombre, ya que el número de representantes de la empresa, es igual al número de representantes de los trabajadores, mediante la participación conjunta, desarrolla actividades relacionadas a contribuir en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo, es por su composición que los trabajadores pueden elevar sus peticiones y hacer presente las inquietudes acerca de las condiciones que se mantienen en su lugar de trabajo, pueden tomar acuerdos para el resguardo de los trabajadores y hacerlas obligaciones para el empleador.. Su conformación es una obligación legal para toda organización que cuente con más de 25 trabajadores.
La Ley N° 16.744 establece en su artículo 66 que en toda empresa o faena, en las cuales desarrollen funciones más de 25 personas, debe ser constituido uno o más Comités Paritarios de higiene y seguridad, para que con su funcionamiento resguarde y aseguren las vidas de sus trabajadores.
A su vez El artículo 1° del D.S.N° 54 es el encargado de regular que en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas , deben de organizarse Comités paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y de los trabajadores. Cabe destacar que si la empresa tuviese diversas faenas, sucursales o agencias en las que se cumpla la condición de superar las 25 personas trabajando, en cada una de estas deberá funcionar un comité.
Las normas en que se encuentran regulados los comités paritarios de higiene y seguridad son los siguientes.
FUNCIÓN PRINCIPAL.
Las principales funciones son el asesorar e instruir a los trabajadores en la correcta utilización de los elementos de protección personal.
Vigilar el cumplimiento, tanto por parte de los trabajadores como de la organización, de todas las medidas de prevención, higiene y seguridad.
Es el encargado de investigar las causas de accidentes del trabajo como también las enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa y de cualquier otra afección que afecte en forma reiterada o general a los trabajadores y se presuma que tengan su origen en la utilización de productos fito-sanitarios, químicos o nocivos para la salud.
El comité paritario también es el encargado de indicar y adoptar todas las medidas de seguridad e higiene que son esenciales para la prevención de los riesgo a que se puedan exponer los trabajadores, a su vez debe cumplir con toda misión o función que le sea encomendada por el organismo administrador respectivo.
Debe ser un impulsor a la realización de cursos destinados a la capacitación profesional de los y las trabajadoras en organismos públicos autorizados.
Una de sus funciones principales es la investigación y pronta decisión de si un accidente o enfermedad fue producto por alguna negligencia inexcusable del trabajador.
Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad permanecen en función mientras dure la faena, sucursal o agencia o empresa respectiva que mantenga la cantidad igual o superior de 25 trabajadores.
Es importante que tengas en cuenta que si en tu empresa no funciona Sindicato o comité paritario y desean constituir un comité Paritario de Higiene y seguridad los encargados a convocar a elección para elegir los representantes de los trabajadores lo pueden realizar:
Teniendo en cuenta que esta convocatoria se puede realizar siempre y cuando cumplan con los requisitos. (Máximo de 25 personas ).
Si el presidente del comité por cualquier motivo o causa no llamase a elección en la fecha correspondiente, el inspector de trabajo respectivo convocara a los trabajadores de la empresa, faena, sucursal o agencia para que realicen la elección en la nueva fecha que sea estipulada.
Las características más destacadas de esta elección son:
La elección es un acto solemne, donde puede actuar como Ministró de Fe en la elección el Inspector del Trabajo respectivo o quien se haya designado para estos efectos, además para mantener su carácter solemne esta elección debe quedar escriturado en un acta, por triplicado dejando constancia de lo siguiente:
Esta acta debe ser firmada por quienes hayan presidido la elección y por las personas elegidas, si estas desearen firmar.
Los comités paritarios pueden funcionar en las empresas que tiene ya constituidos sus sindicatos, siendo los comités paritarios un aliado en la búsqueda de mejoras y seguridad para sus trabajadores.
Dejamos Link de interés sobre normas que rigen sobre los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad