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Guía para organizar a los trabajadores de una empresa.

La era de la comunicación, como se ha denominado al período luego de la invención y masificación del internet, ha traído consigo una serie de cambios para nuestra sociedad, principalmente, trae consigo una disponibilidad de información como nunca antes se había visto. Prácticamente todo lo que se ha publicado en algún momento del pasado, en algún sitio del mundo, por cualquier persona, existe (o hay una gran posibilidad de que exista) en internet. La biblioteca del congreso en EEUU, la más grande del mundo con más de 168 millones de ejemplares, no se compara con una búsqueda sencilla en cualquier motor de búsqueda en internet.

De igual manera, la era de la comunicación trajo una reducción de las distancias más drásticas que la del teléfono. Ahora, no solo puedes conversar con cualquier persona en el mundo, sino que también la puedes ver y hasta realizar actividades juntos (la comunidad “gamer” ha sabido sacarle el mayor provecho a esto). Así pues, las negociaciones y el trabajo también se han visto influenciados con este avance. Las importaciones y exportaciones son más sencillas y más comunes, los trabajos remotos y el outsourcing también han tenido un gran avance.

En otro aspecto que este avance ha dejado huella es en el plano personal, ya que al poder comunicarnos con cualquier persona en el mundo casi al instante, las interacciones virtuales son mucho más frecuentes y extensas que las mismas interacciones cara a cara.

Todo esto nos hace pensar que en el lugar en el que trabajamos, se hace sumamente importante el estar agrupados y remar juntos hacia las metas propuestas. El individualismo reinante a partir del uso de las redes sociales y de las interacciones virtuales, podría convertirse en un enemigo. Es necesario, ahora más que nunca, estar todos agrupados y siguiendo una meta en común y, para esto, las organizaciones sindicales son una gran manera de reunir a los trabajadores de una empresa, a los trabajadores de un rubro o incluso a todos los trabajadores de un gremio bajo una misma bandera y con una misma línea.

Constitución de un Sindicato

Para constituir una organización sindical en una empresa con 50 o menos trabajadores se debe seguir el siguiente procedimiento, incluido en el inciso tercero del artículo 227 del Código del Trabajo de Chile: Se podrá constituir con un mínimo de 8 trabajadores, que representen, al menos, la mitad de los trabajadores totales (Si el número de trabajadores es impar, tómese el número par anterior. Ej.: si son 27 trabajadores, usamos 26, que serían entonces 13 trabajadores mínimo).

Si en la compañía no hay un sindicato vigente, se puede constituir con solo los 8 trabajadores, pero, se deben completar la cantidad requerida del 50% en un plazo máximo de un año. De no cumplirse con esto, se acabará su personalidad jurídica como sindicato.

Es de notarse que para el conteo del 50% necesario, deben de excluirse los trabajadores que están impedidos para negociar colectivamente (como gerentes y subgerentes), así como aquellos que ocupan cargos de confianza.

Luego de contarse con el mínimo de trabajadores requeridos, se podrá presentar ante la Unidad de Relaciones Laborales de la Inspección del Trabajo, solicitar un modelo de estatuto y un ministro de fe. Se deberá realizar una asamblea de constitución y allí se deberán aprobar los estatutos y elegirse a la directiva sindical.

Cabe resaltar que los trabajadores que concurren a la constitución de un sindicato cuentan con un fuero laboral no mayor a cuarenta (40) días. Estos están distribuidos desde los 10 días anteriores a la celebración de la asamblea constitutiva y hasta 30 días después de realizada la misma.

Son elegibles para el directorio todos los trabajadores que asistan a tal asamblea constitutiva.

En resumen, lo más importante debe ser revisar si en la empresa o compañía que trabajas ya existe un sindicato. De haber uno ya, te recomendamos que te unas a él. De no ser así, entonces convoca al menos a 8 trabajadores (o al 50% de los trabajadores totales) para acercarse a la Oficina de Relaciones Laborales de la Inspección de Trabajo de tu jurisdicción.

Redacta tus estatutos, teniendo en cuenta el modelo lo puedes retirar de la Oficina de Relaciones Laborales y las necesidades del sindicato a formar. Estos deben ser aprobados en una asamblea constitutiva y revisados luego por un Ministro de Fe de la Inspección de Trabajo.

En esta asamblea también se debe elegir la directiva sindical, en donde son candidatos todos y cada uno de los trabajadores que concurran a dicha asamblea. El ministro de fe verificará el cumplimiento de los requisitos y formalidades en el acto de constitución del sindicato.

Es de señalar que, si bien éste es el primer sindicato de la empresa y al principio se puede constituir con tan solo 8 trabajadores, estos deberán llegar al 50% de los trabajadores totales a más tardar un año de constituido. De no ser así, el sindicato perderá su personalidad jurídica y sería desintegrado.

Por último, hay que tener presente que no todos los trabajadores cuentan para el total. Se deben excluir a aquellos que no se rigen por contratación colectiva, como los gerentes y subgerentes. Tampoco se deben contar a aquellos que ocupan cargos de confianza.

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Los trabajadores que sean parte de la constitución de este sindicato, gozarán de un fuero laboral de no mayor a 40 días, desde los 10 días antes de celebrarse la asamblea constitutiva y hasta 30 días después de haberse hecho la misma.

Lo que se busca es que los trabajadores estén organizados y bien representados ante cualquier negociación colectiva de contratos, remuneraciones, obligaciones, derechos y deberes para con la empresa y con el empleador.

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