ESTATUTOS SINDICALES 1 - Sindicalizapp

En Chile, la libertad de asociación y el derecho a organizarse están estipulados en la Constitución Política y en el artículo 212 y siguientes del Código del Trabajo. Es por ello, que la Ley reconoce tanto a los trabajadores del sector público como a las empresas del estado, cualquiera sea su naturaleza jurídica, el derecho a constituir organizaciones sindicales que estimen convenientes con la condición de sujetarse a la ley y a los estatutos de estas. 

Por consiguiente, al constituir un sindicato, se deben aprobar necesariamente los estatutos de dicho sindicato o estatutos sindicales. Sin embargo, pese a ser un paso esencial que regula la vida jurídica del sindicato en cuestión, suele restársele importancia a este requisito y, en la mayoría de los casos, se realiza el ejercicio de generar “estatutos tipo” las cuales se encuentran disponibles en la web o simplemente se utiliza el modelo brindado por el Estado a través de la Dirección del Trabajo.  

Respondiendo a la interrogante principal del artículo respecto a si los estatutos sindicales, ¿se pueden modificar, cambiar y/o ampliar? Esta es que sí, todas las organizaciones sindicales, tienen el derecho a optar a cambios de manera libre a través de las reformas de sus estatutos respectivos, ajustándose a los requisitos que el ordenamiento jurídico prescribe. Esto se encuentra plasmado y estipulado por la Dirección del Trabajo donde en su jurisprudencia administrativa en dictamen 3644/188 de 05.11.2002, ha señalado que estos estatutos se pueden cambiar.  

En efecto, el ordenamiento jurídico laboral reconoce plenamente el principio a la libertad sindical al que se manifiesta, a vía ejemplar en la circunstancia de que las organizaciones sindicales pueden, libremente redactar sus estatutos con la sola limitación de ajustarse a las disposiciones legales que regulan la materia y proceder de la misma manera a su modificación.  

Dentro de alguna de las razones por las que se busca la modificación de los estatutos en una empresa en Chile puede ser; para aumentar el capital, incluir o desvincular a algún socio, cambiar el domicilio, cambio en las formas de administración o representantes de la empresa, entre otros.  

¿Cuáles son los requisitos para modificar los estatutos de una empresa en Chile? 

Para la realización de la modificación en general es necesario tener la siguiente información: 

  •   Nombre.
  •   RUT.
  •   Nacionalidad. 
  •   Estado Civil. 
  •   Domicilio. 
  •   Profesión. 
  •   Porcentaje de participación de cada uno de los socios. 
  •   Socio(s) o terceros que administren la sociedad. 
  •   Capital Social. 
  •   Razón Social. 
  •   Otros que se consideren necesarios. 

¿Qué pasos puedo seguir para modificar los estatutos de una empresa en Chile? 

Existen distintas vías para realizar esta modificación de estatutos, sin embargo, una de las más sencillas la puedes encontrar accediendo a www.registrodeempresasysociedades.cl que es un registro único donde deben inscribirse todas las personas jurídicas o empresas que deseen acogerse a la Ley N° 20.659, para los efectos de ser constituidas o migradas, modificadas, transformadas, divididas, fusionadas, terminadas o disueltas y rige en todo el territorio de Chile. 

ESTATUTOS SINDICALES 3 - Sindicalizapp

Para modificar los estatutos dentro del sistema debe: 

1.       Decidir qué parte de los Estatutos va a modificar o cambiar; Por ejemplo, entrada o salida de socio, aumento de capital, cambio de razón social, cambio de representante legal, entre otros. 

2.       Se debe celebrar una junta extraordinaria de accionistas o un acuerdo del total de accionistas: En este se crea un acta de junta extraordinaria y se acuerda modificar la sociedad.

3.       Reducir la junta o acta a escritura pública o protocolizarla ante un notario: En este paso, el acta es protocolizada, no obstante, también se puede notariar como escritura pública. 

4.       Si es por empresa en un día, autorizar ante notario la vigencia de accionistas: Solicitar al notario que autorice una anotación en el portal de la página web anteriormente mencionada. 

5.       Si es por sistema registral, se debe autorizar extracto de modificación de manera tradicional: Para las modificaciones de estatutos que implican un mayor grado de especialidad, o que regulan materias fuera de lo común de las modificaciones sociales, lo más conveniente es utilizar el sistema tradicional a través de escritura pública, que otorga la libertad suficiente para realizar cualquier modificación estatutaria que permita la Ley. 

6.       Subir y firmar anotación en empresa en un día, o inscribir y publicar extracto si es sistema registral: Luego de esto hay un plazo de 60 días para realizar la modificación. Además de verificar que los cambios sean los acordados en el acta, posterior a esto, se deben adjuntar los documentos notariados y proceder a firmar los cambios. 

7.       Dar aviso de modificación al Servicio de Impuestos Internos.  

Es importante mencionar, que las modificaciones deben realizarse en la escritura pública y en el extracto de la inscripción en el Registro de Comercio que se utilizó para crear la sociedad. Además, es necesario buscar el apoyo de un abogado especialista en Derecho Comercial para facilitar la orientación en el trámite y así evitar errores durante todo el proceso de cambio, modificación y/o ampliación, para evitar problemas futuros relacionados con los estatutos sindicales.  

Cabe destacar, que en pocas ocasiones quienes van a sindicalizarse o ya lo han desarrollado, se detienen a pensar en la relevancia que tienen los estatutos en temas tan importantes como lo son; la paridad de género, la regulación cuando existen situaciones relacionadas con el acoso laboral, procedimientos disciplinarios, entre otros temas. Es por ello, que es importante que si estas creando un sindicato y te encuentras asociado(a) a uno, debes tomar principal importancia de los estatutos sindicales y hacerte participe de estos en caso de que consideres sugerir una actualización de ser necesario.

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