Te presentamos una guía de como cumplir el Paso a Paso a tu retorno laboral.
Son medidas básicas pero no menos importante para el funcionamiento sano y protegido en tu entorno laboral.
Tenemos por objetivo guiarte, aconsejarte respecto de las medidas preventivas a implementar para la reapertura de tu lugar de trabajo de manera segura, y así poder minimizar todo riesgo de contagio en el contexto del plan paso a paso, para enfrentar la propagación y disminución de esta terrible y temida enfermedad. Te indicaremos los lineamientos de actuación frente a un posible caso de enfermedad en tu lugar de trabajo.
Serán implementadas una serie de medidas obligatorias para la prevención de contagio.
La higiene y desinfección.
Deberán limpiarse Y desinfectarse al menos una vez al día el lugar de trabajo, las herramientas y elementos de trabajo y los espacios cerrados de uso comunitario, todos los recintos cerrados que atiendan público deberán señalizar los lugares de higiene que tienen públicos, deben asegurar los elementos necesarios para una adecuada higiene de manos, conforme a las normativas ya sea de trabajo o clientes.
Los lugares de trabajo deben ser limpiados y desinfectados al menos una vez al día, todos los espacios, superficies y elementos expuestos al flujo personal ya sea de trabajadores o clientes.
Los espacios cerrados de uso comunitario, Cómo, baños, ascensor, entre otros deberán ser limpiados y desinfectados al menos una vez al día.
Se entenderá por limpieza y desinfección lo indicado en el protocolo que se encuentra continuación.
Debes evitar lo siguiente:
Tu empleador debe mantener lo necesario para promover el lavado de manos al ingreso y de manera frecuente durante la jornada laboral, el lavado de manos debe ser por al menos 20 segundos proveyendo agua limpia y jabón o en su defecto disponer de solución de alcohol al 70%.
Debes asegurarte que al momento de firmar el libro de asistencia o de utilizar el reloj control los trabajadores pueden lavarse las manos o aplicar solución de alcohol al 70%. Debe demarcar el ambiente físico de al menos un metro en el piso mediante cinta adhesiva, pintura u otra técnica que garantice una demarcación visible, permanente en pasillos de acceso, mesones de atención y en cualquier otro servicio que requiere un tiempo de espera para la atención del usuario usuaria. Se debe demarcar la capacidad máxima del uso de ascensores garantizando el debido distanciamiento de al menos un metro por personas, para evitar aglomeraciones en el establecimiento se deben adoptar las medidas de distanciamiento físico como la demarcación de las zonas de tránsito y la separación entre personas, si el establecimiento cuenta con dos o más accesos se debilitan uno de manera exclusiva para el ingreso y otro de manera exclusiva para la salida. pero si solo cuenta con un acceso se deberá demarcar en el sentido de circulación tanto para el ingreso como para la salida.
Si no es posible mantener el distanciamiento físico antes señalado se recomienda habilitar barreras divisorias de material acrílico, policarbonato, vidrio u otro similar para:
La organización del trabajo
Se debe promover el trabajo a distancia y el teletrabajo, si la reunión es presencial, organizar la reunión presencial de manera que estén al menos a un metro de distancia entre sí y que en todo momento utilicen mascarillas que cubre la nariz y la boca, además de contar con acceso a lavado de manos o en su defecto solucionar en base de alcohol al 70%.
Conservar los nombres, Ruth y teléfonos de los participantes de la reunión durante al menos un mes.
Se debe adaptar los espacios y puestos de trabajo de manera de que sea posible mantener al menos un metro de distancia entre trabajadores, Flexibilizar los horarios o celebrar pactos sobre horarios diferidos de ingreso y salida de los trabajadores con el objeto de evitar aglomeraciones y adaptarse a las disponibilidades de transporte público, Establecer horario diferidos en el almuerzo, comidas para evitar aglomeraciones en caso de contar con casino comedor y demarcar los asientos para asegurar el distanciamiento de al menos un metro entre cada persona, promover la rotación a turno de los trabajadores y trabajadoras según grupos unidades o áreas. Fomentar la autorización de permiso con goce de remuneración para los trabajadores que por motivos personales no pueden asistir presencialmente la empresa compensando el tiempo utilizado con trabajo durante la semana siguiente, entregar los elementos de protección personal específico para la protección de contagio, en lo posible facilitar para trabajadores y trabajadoras medios de transporte propio de la empresa en los que se deberá controlar la temperatura corporal antes de así como también prohibir el ingreso a quienes manifiestan algún síntoma asociado al covid-19, si no es posible lo anterior reforzar el uso de medidas preventivas en el transporte público así propender al establecimiento de horarios diferidos entre trabajadores a fin de mitigar el máximo de riesgo de contagio.
Respecto de la información de trabajadores y trabajadoras
Se debe informar y capacitar a los trabajadores y trabajadoras sobre la prevención al contagio, las vías de transmisión signos y síntomas, acciones si presenta síntomas, medidas preventivas y uso correcto de elementos de protección personal en el caso que corresponda, para ello el empleador deberá contar con los medios de verificación de estas medidas.
Fomentar la participación en la toma de decisiones de los trabajadores organizaciones sindicales comités paritarios de higiene y seguridad expertos en prevención y departamento de prevención de riesgo así como los organismos administradores de la ley 16.744 (https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=28650) sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en este sentido el rol de los comités paritarios de higiene y seguridad atendiendo su carácter bipartito resulta vital para el levantamiento de información así como para la toma de decisiones al interior de las empresas en materias asociadas al contexto, se debe mantener un compromiso continuo con los trabajadores y trabajadoras para monitorear el cumplimiento de las medidas preventivas y actualizar periódicamente la información respecto de los protocolos internos o acciones desarrolladas, enviar información sobre covid-19 y medidas preventivas al correo institucionales de Cada trabajador o viene entregar un ejemplar impreso de protocolos internos y el programa de gestión preventiva en la empresa además se sugiere fijar información simple y clara al respecto en al menos dos sitios visibles del lugar de trabajo en lo posible actualizar el reglamento interno de higiene y seguridad o de orden higiene y seguridad de las empresas incluyendo todas las medidas respectivas asociadas al contexto de covid-19, capacitar a los trabajadores preferiblemente a través de medios tecnológicos sobre la correcta implementación de medidas preventivas especialmente sobre el correcto uso de los elementos de protección personal.
Con respecto a los casos sospechosos de trabajadores o trabajadoras en su lugar de trabajo.
si un trabajador o trabajadora presenta sintomatología asociada COVID -19 debe comunicarlo de forma inmediata a su jefatura directa y será derivado a un centro asistencial según su sistema de salud (Fonasa e Isapres) y no podrá continuar en el lugar de trabajo, el empleador deberá otorgar las facilidades para que el trabajador sea trasladado de forma segura para su atención en el centro de salud correspondiente, asimismo el trabajador deberá informar a su jefatura directa las personas que a su juicio podrían corresponder a contacto estrecho laboral según las definiciones establecidas por el Ministerio de salud.
Si el empleador y trabajador o trabajadora considera que los sintomatología covid-19 fue por exposiciones en el lugar de trabajo podrá presentarse en un centro asistencial del organismo administrador o administradora delegada de la ley N°16.744(https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=28650) al cual pertenece para su evaluación medida y calificación laboral en este caso el empleador deberá efectuar la denuncia individual de enfermedad profesional tiempo para ser presentada el respectivo organismo administrador o administración delegada. Luego de la evaluación médica, si se confirma que corresponde un caso sospechoso el médico que evalúa al trabajador o trabajadora debe emitir una licencia médica por un plazo de 4 días a la espera del resultado del examen P.C.R.
Los contactos estrechos laborales
La identificación e investigación de los contactos estrechos laborales se realizará de acuerdo con lo establecido en la estrategia Nacional de testeo, trazabilidad y aislamiento y sus disposiciones normativas, en la que participa el organismo administrador y administración delegada de la ley número N°16.744 que corresponda.
Reposo de los contactos estrechos laborales.
La emisión de reposo laboral de los contactos estrechos laborales , se dará orden de reposo o licencia médica tipo 6, se realizará por el referido organismo administrador y administración delegada de la ley número N°16.744 que corresponda, el seguimiento será realizado por el organismo administrador y administración delegada de la ley antes mencionada con el propósito de verificar el cumplimiento de cuarentena aislamiento domiciliario y detectar la aparición de sintomatología y su conservación a un caso covid-19, el trabajador o trabajadora deberá responder a los llamados y entregar la información requerida en su seguimiento para seguir las indicaciones que se la entreguen, si durante el seguimiento el trabajador pasa a ser un caso confirmado de covid 19 , esta calificación de origen de enfermedad covid-19 se realizará conforme a lo establecido el ordinario suceso número 1482 del 27 de abril del 2020 o su modificación, el organismo administrador y administración delegada de la ley ya mencionada deberá dar asistencia técnica a las entidades, empleadores que presentan contactos estrechos laborales.